jueves, 25 de octubre de 2012

PRÁCTICA 2: Licencias Creative Commons


Como idea general de que son las Licencias Creative Commons, podemos decir que es un "copyright flexible” para la obra creativa, ya que ofrece una gama flexible de protecciones y libertades para autores.
El objetivo de Creative Commons, una organización no gubernamental y sin ánimos de lucro, es proteger los contenidos y darles a los autores la posibilidad de decidir que derechos se reserva y cuales se libera. Po lo tanto son licencias que ofrecen algunos derechos a terceras personas bajo ciertas condiciones, que son las siguientes:
Reconocimiento (Attribution): En cualquier explotación de la obra autorizada por la licencia hará falta reconocer la autoría.
 
No Comercial (Non commercial) : La explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.


Sin obras derivadas (No Derivate Works): La autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear una obra derivada. 
 

 Compartir Igual (Share alike): La explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.


Con estas condiciones se pueden generar las seis combinaciones que producen las licencias Creative Commons:

Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
Reconocimiento - NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
Reconocimiento - NoComercial - CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento - NoComercial - SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.

Reconocimiento - CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
Reconocimiento – Sin Obra Derivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.



Para citar adecuadamente los recursos con licencia Creative Commons  puedes hacerlo de tres formas:
- Commons Deed: Es un resumen fácilmente comprensible del texto legal con los iconos relevantes.
-Legal Code: El código legal completo en el que se basa la licencia que has escogido.
-Digital Code: El código digital, que puede leer la máquina y que sirve para que los motores de búsqueda y otras aplicaciones identifiquen tu trabajo y sus condiciones de uso.
Para utilizar la licencia, una vez escogida tienes que incluir el botón Creative Commons "Algunos derechos reservados" en tu sitio, cerca de tu obra. Este botón enlaza con el Commons Deed, de forma que todos puedan estar informados de les condiciones de la licencia.

Además de las licencias Creative Commons, existe  la licencia Copyright.
El Copyright, es la mención que recuerda el derecho de autor asociado a la creación u obra (artística, literaria, musical, visual…). Este derecho existe de forma natural, por el hecho de la creación. El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Solo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad. La protección del derecho de autor abarca únicamente la expresión de un contenido, pero no las ideas.
El creador, propietario de esa creación, dispone de un derecho del cual no podría probar la existencia precisa y real de criterios de anterioridad o de contenido total sin el uso de un dispositivo de autentificación como prueba. El derecho del autor y por consiguiente la percepción de los derechos ligados a esa creación, pueden ser cuestionados si no hay prueba irrefutable. El depósito de Copyright es el acto que permite registrar una creación por vía oficial con el fin de poder demostrar la existencia y la propiedad (posesión y propiedad Intelectual) de este derecho de autor denominado Copyright.
En la legislación española el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual regula en su art. 146 los símbolos o indicaciones de reserva de derechos:
“El titular o cesionario en exclusiva de un derecho de explotación sobre una obra o producción protegidas por esta Ley podrá anteponer a su nombre el símbolo © con precisión del lugar y año de la divulgación de aquéllas".

VENTAJAS
La ventaja fundamental que considero de  la utilización de recursos  con licencia Creative Commons en el ámbito educativo es que muestran una actitud positiva hacia el uso compartido, y por lo tanto un acceso más amplio al conocimiento y la información, al contrario que el Copyright que en cierto modo "bloquea el acceso al conocimiento". Se logra así tambien una mayor difusión de la obra.
Este tipo de licencias permite también que usuarios y creadores se beneficien de forma mutua y promueven la universalización del saber, ofreciendo la posibilidad de relajar los derechos de autor para que los usuarios puedan hacer usos de las ideas u opiniones publicadas por otros.
Si tuviera que decir en una sola palabra cual es la ventaja seria "COMPARTIR".
ELECCIÓN DE RECURSOS

Respecto al elección de los recursos, uno de los temas que más me interesan o preocupan en la actualidad, por la gran cantidad y complejidad de factores que intervienen es la violencia contra la mujer.

He elegido dos fotografías, que corresponden a dos campañas publicitarias, aunque con distintos enfoques. La primera foto se centra más en la mujer maltratada, en insistir en que denuncie, en que no calle, que no considere esa situación como algo normal y al mismo tiempo busca causar un impacto en la sociedad. La segunda foto, se centra en el hombre, no como maltratador, sino como muchas veces sujeto pasivo de esa violencia contra la mujer. Y lo que incide es en que el hombre no puede permanecer inmóvil si ve que su vecino maltrata a su mujer, o su compañero de trabajo....etc.

Respecto al vídeo, es un vídeo muy sencillo de comprender. Muestra las distintas etapas por las que se pasa en una situación de malos tratos.

Con estos tres recursos se podría montar un coloquio abierto o un mesa debate, utilizando con posterioridad a su visualización la tormenta de ideas entre los asistentes para generar ideas en un ambiente de grupo.

El texto elegido fundamentalmente tiene un valor didáctico. Sirve como base para buscar conceptos, aclarar ideas.... etc. además de que posee muchos enlaces con otras páginas también interesantes.

No se te ocurra ponerme la mano encima jamás

Campaña del Ministerio de Igualdad contra la violencia de género: “Ante el maltratador, tolerancia cero” lanzada el 8 de julio de 2008.
Extraído de: http://www.flickr.com/photos/stopviolentos/7451420906/ (http://www.msc.es/campannas/campanas08/toleranciaCero.htm)
Con licencia Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Compartir igual 2.0 Genérica. Para ver una copia de esta licencia visitar: 
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.0/deed.es

http://www.iuvalladolid.org/IMG/jpg/Rueda_Hombres.jpg

Cartel de la convocatoria de la Federación de Vecinos "Antonio Machado"  al acto de la "Rueda de hombres contra la violencia machista.
Extraído de: http://www.iuvalladolid.org/spip.php?article1273
Autor: IU Valladolid

Con licencia Creative Commons Reconocimiento-Compartir igual 2.0 France
Para ver una copia de esta licencia visitar: http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.0/fr/



AUDIOVISUAL DEL GRUPO INTEGRACIÓN SOCIAL DE BOTIKAZAR

Autor: Dani

Con licencia Creative Commons Reconocimiento-Nocomercial 3.0 Unported. Para ver una copia de esta licencia visitar:





TEXTO: VIOLENCIA CONTRA LA MUJER



El texto está disponible bajo la Licencia Creative Commons Atribución Compartir Igual 3.0. Para ver una copia de esta licencia visitar: http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/deed.es

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